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Bienvenido Propietario

Ya estamos muy próximos a la preinscripción de los terrenos en SUNARP y lo siguiente es preinscribir también sus nombres junto al terreno que han comprado de esta manera su compra quedará registrada junto a su terreno en SUNARP.

 

Ahora los Propietarios tienen un Contrato de Bien Futuro

  1. CONCEPTO DE BIEN FUTURO

De conformidad con el artículo 1532 del Código civil, la existencia o la posibilidad de existir de un bien son parte constitutiva de su venta, en el sentido que no pueden venderse los bienes que no existen o no son susceptibles de existir. La posibilidad de existencia está contemplada en los artículos 1534, 1535 y 1536 del mismo Código, que a la letra dicen:

Artículo 1534.- En la venta de un bien que ambas partes saben que es futuro, el contrato está sujeto a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia.

Artículo 1535.- Si el comprador asume el riesgo y calidad del bien, el contrato queda igualmente sujeto a la condición suspensiva de que llegue a tener existencia. Empero, si el bien llega a existir, el contrato producirá desde ese momento todos sus efectos, cualquiera que sea su cuantía y calidad, y el comprador debe pagar íntegramente el precio.

Artículo 1536.- En los casos de los artículos 1534 y 1535, si el comprador asume el riesgo de la existencia del bien, el vendedor tiene derecho a la totalidad del precio, aunque no llegue a existir.

Un bien futuro en el rubro inmobiliario, es un producto que aún no tiene entidad patrimonial, pero está en proceso, es decir, puede ser un proyecto que aún no comienza la construcción o puede estar en construcción, en este punto el producto es una oportunidad de inversión pues el interesado asume un riesgo que se compensa con la plusvalía que después se producirá.

Minuta Notarial y Escritura Pública

       II.  PASOS PREVIOS AL TÍTULO INDEPENDIENTE

Una vez que un interesado firma un contrato de bien futuro, el siguiente paso sería la firma de una minuta y elevar está a escritura pública, una vez ingresada la Habilitación Urbana en SUNARP, cada terreno que forma parte del bien inmueble matriz, queda preinscrita con su número de partida, pero aun en la partida matriz propiedad de la inmobiliaria, en ese momento es posible inscribir la minuta de cada propietario con su terreno en SUNARP, de ese modo la compra queda asegurada y la inversión garantizada únicamente condicionada a la recepción de obra.

En estos momentos los propietarios de FLAMENCOS CONDOMINIO ya tienen firmado un contrato de bien futuro, así que el siguiente paso es la firma de la minuta y elevarla a escritura pública. La idea es tener todas las minutas de cada propietario listas para que apenas se inscriba la Habilitación Urbana en SUNARP, ingresar las minutas y cada terreno ya será preinscrito a su propietario.

  • MINUTA.- Es un documento privado elaborado y firmado por un abogado en la que se solicita al notario elevar a Escritura Pública el documento que se le remite, en base al acuerdo verbal previo, estableciéndose las condiciones formales para la adquisición del bien.
 
  • ESCRITURA PÚBLICA. – Es un documento público protocolar, elaborado por un Notario. A través de ella se certifica de manera indubitable algún acto o contrato en particular, en nuestro caso en concreto, la compra-venta de bien inmueble.
 
  • REGISTROS PÚBLICOS – INSCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD INMUEBLE. – Es necesario que finalice el proceso de compra-venta con la “inscripción registral” de la propiedad en la Partida Registral correspondiente (al inmueble), ya que así será público el acto de compra venta y el comprador será reconocido como propietario frente a cualquier tercero y no perderá esta calidad (de propietario) sino hasta una nueva inscripción registral de titularidad de dominio en la misma partida en caso de una nueva compra venta.

¿Que Vamos a Firmar?

Ahora vamos a firmar la Minuta Notarial que corresponde a la propiedad sobre el Area privada del terreno comprado y minutos antes firmaremos un contrato privado de cesion del area comun de uso exclusivo que completa el total del terreno que compraron. Aqui pueden revisar ambos documentos.

CUALQUIER CONSULTA ADICIONAL UTILICE EL BOTÓN DE WHATSAPP

Los costos de la firma notarial y escritura publica, corren a cargo de El Comprador, estos serán de S/600 en la Notaría Mas

RESERVA EL DIA Y HORA QUE DESEAS PARA LA FIRMA DE LA MINUTA Y EL CONTRATO

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